1.¿A quién aplica?
Persona Natural
Persona Jurídica
Aplica a quien sea el INVERSIONISTA del proyecto, según certificación UPME.
No aplica a comercializadores o intermediarios sin inversión directa.
2.¿Qué proyectos califican?
Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE)
Gestión Eficiente de la Energía (GEE)
Hidrógeno Verde y Azul
Bienes y servicios deben:
- •Estar en el listado oficial de la UPME
- •Destinarse a preinversión o inversión
- •Coincidir con el certificado del proyecto
3.¿Cuándo procede la devolución de IVA?
Cuando el certificado UPME se expide después de la compra o prestación del servicio.
En este caso, el IVA pagado se considera "PAGO DE LO NO DEBIDO" y puede solicitarse su devolución ante la DIAN.
4.Proceso de Devolución de IVA
1Certificación UPME
Certifica que la inversión corresponde a:
- • Proyecto FNCE / GEE / Hidrógeno
- • Identifica al inversionista
- • Incluye bienes, servicios y fechas del proyecto
2Solicitud ante la DIAN
Se presenta como: Devolución por pago de lo no debido – IVA
Radicación en:
- • Dirección de Impuestos y Aduanas
Sistema DIAN:
Opción: "Otros impuestos" – CIN-20
3Documentos clave
Requisitos principales:
- Certificado UPME
- Facturas electrónicas con IVA discriminado
- Relación certificada por contador o revisor fiscal
- Certificación de que el IVA no fue descontado en IVA ni llevado como costo ni deducción
- Certificación de no doble devolución
Persona natural: Verificación de vigencia de cédula (Registraduría)
5.Plazo para solicitar la devolución
Hasta 5 años
desde la fecha de la factura (Art. 2536 C.C. – Decreto 1625)
6.Claves finales
Aplica a personas naturales y jurídicas
El beneficio es para el inversionista certificado
El IVA es recuperable si el certificado UPME es posterior
La DIAN evalúa trazabilidad proyecto–factura–certificación
Base legal:
Ley 1715 de 2014 · Ley 2099 de 2021 · Decreto 1625 de 2016 · Lineamientos DIAN 2024
